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Inocencia Fiscal II: finalmente se publicó la ley 27826

Inocencia Fiscal II: finalmente se publicó la ley 27826

Luego de 3 semanas desde que se aprobaron las modificaciones en la ley de Inocencia Fiscal, finalmente se publicó en el Boletín Oficial, pero todavía queda pendiente su reglamentación.

La ley 27826 se publicó hoy. La misma había sido aprobada el pasado 17 de septiembre en el Congreso Nacional e introduce modificaciones a la Ley de Procedimiento Fiscal -L. 11683-, ajusta las pautas de la declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias -L. 27799- y adecua las sanciones del régimen laboral rural -L. 25191-.

Procedimiento Fiscal y Ganancias Simplificada

Los puntos más relevantes relacionados con el Régimen de Inocencia Fiscal y las modificaciones tributarias son los siguientes: 

  • Discrepancia significativa: se precisaron las condiciones para configurar la discrepancia significativa, fijando parámetros claros de incremento del impuesto o reducción de quebrantos (porcentaje no inferior al 15% o superior al 5% del umbral fijado por el art. 1° del Régimen Penal Tributario L. 27430). 

  • Se aclaró el alcance de los períodos no prescriptos del IVA alcanzados por el beneficio de presunción de exactitud.

  • Ampliación del universo de contribuyentes que pueden adherir al régimen simplificado de Ganancias, incluso para Grandes Contribuyentes Nacionales, en este último caso con alcance limitado de beneficios.

  • Reducción de multas: se incorporó el artículo 49 bis a la L. 11683, otorgando una reducción de pleno derecho del 25% en las multas por infracciones formales (arts. 38, 39 y s/n) para micro, pequeñas y medianas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no revistan la categoría de Grandes Contribuyentes. Para aquellas infracciones cometidas con anterioridad al 9/10/2026, que no se encuentren firmes o que encontrándose firmes, no hayan sido canceladas, se establece una reducción del 50%.

Régimen laboral rural 

El Título II modificó el régimen sancionatorio de la Ley de Trabajadores Rurales para el incumplimiento de registración ante el RENATRE: 

Graduación de la Infracción Tipificación Escala de Multa por Trabajador / Establecimiento
Infracciones Leves Declaración inconsistente del contrato $120.000 a $187.500
Infracciones Graves Declaración falsa del contrato $375.000 a $1.500.000
Infracciones Muy Graves Omisión total de la declaración del contrato $1.500.000 a $7.500.000


Reincidencia
: en caso de reincidencia dentro de los últimos 5 años, los topes máximos para infracciones muy graves podrán incrementarse hasta un 50%.

Actualización por UVA: los montos fijos de las multas se actualizarán anualmente a partir del 1° de enero de 2027 considerando la variación anual de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

Estudio Roldán

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