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Planes de pago ARCA: diferimiento excepcional para la caracterización de Pequeño Contribuyente

Planes de pago ARCA: diferimiento excepcional para la caracterización de Pequeño Contribuyente

Tras la prórroga de las DDJJ de Ganancias, el Fisco postergó al 23 de octubre la corrida sistémica que asigna la condición de Pequeño Contribuyente para acceder a facilidades de pago diferidas.

A través de la resolución general 5902, publicada en el Boletín Oficial de hoy, la ARCA dispuso el diferimiento, con carácter excepcional, de la ejecución del proceso sistémico que asigna la condición de “Pequeño Contribuyente”.

La medida busca adecuar los procesos informáticos del organismo al nuevo cronograma de vencimientos de la liquidación anual del impuesto a las ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas.

El contexto normativo y el motivo de la suspensión

De acuerdo con el régimen permanente de facilidades de pago contemplado en la resolución general (AFIP) 5321, la caracterización como “Pequeño Contribuyente” otorga condiciones diferenciales para la regularización de deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social (mayores plazos, mejores cuotas o tasas preferenciales).

Sistémicamente, esta asignación se realiza el anteúltimo día hábil del mes de septiembre de cada año. Para determinar qué sujetos encuadran en la categoría, el sistema analiza, entre otros parámetros informativos, los datos declarados en la presentación del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal anterior.

Dado que mediante la resolución general (ARCA) 5898 se prorrogó hasta el 13 de octubre de 2026 el plazo para que las personas humanas y sucesiones indivisas presenten la declaración jurada de ganancias del período fiscal 2025, el Fisco carece actualmente de la información consolidada necesaria para ejecutar la caracterización automática en la fecha prevista originalmente.

Nueva fecha fijada por la resolución general 5902

Ante esta superposición de plazos, el Director Ejecutivo del fisco dispuso:

  • Nueva fecha de corrida sistémica: se trasladó con carácter excepcional al 23 de octubre de 2026.
  • Vigencia: la norma entra en vigor a partir del día de su publicación oficial.

Con este diferimiento, el organismo recaudador asegura contar con las declaraciones juradas anuales ya ingresadas antes de procesar las condicionalidades y beneficios que aplican a los contribuyentes de menor envergadura en los planes de pago vigentes.

Estudio Roldán

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