La ARCA adaptó la normativa del sistema para procesar cobros bancarios automáticos sin límite de monto desde octubre de 2026.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dictó la Resolución General 5896/2026, mediante la cual adecuó el procedimiento para la cancelación de las cuotas de los planes de facilidades de pago.
La norma deroga y modifica artículos específicos de las Resoluciones Generales Nros. 5.279, 5.321, 5.525, 5.828 y 5.873, eliminando la obligación previa de cancelar mediante transferencia electrónica de fondos aquellas obligaciones o cancelaciones anticipadas cuyos importes resultaran iguales o superiores a 100 millones de pesos.
Fundamentos de la medida
La decisión responde a la optimización e integración de los sistemas informáticos utilizados por la red bancaria. Las nuevas capacidades operativas permiten procesar débitos directos en cuenta bancaria por montos elevados de manera automática, garantizando la gestión de cobranza sin recurrir a mecanismos de excepción o transferencias manuales.
Obligaciones para contribuyentes y responsables
Aquellos sujetos con planes de facilidades de pago vigentes tramitados mediante el sistema 'Mis Facilidades', que registren cuotas iguales o superiores a 100 millones de pesos, deberán asegurar los fondos correspondientes para su cobro vía débito automático.
Para ello, es obligatorio verificar que la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta declarada esté correctamente registrada bajo los términos de la Resolución General N° 2.675 y seleccionada explícitamente en la plataforma web del organismo.
Las disposiciones contenidas en esta resolución general comenzarán a regir a partir del 1 de octubre de 2026.

