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CNV: cambios para las calificadoras de riesgo

CNV: cambios para las calificadoras de riesgo

El Gobierno Nacional busca adecuar la normativa local a los estándares internacionales, promoviendo una regulación más clara y eficiente.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1164/2026, mediante la cual sustituye íntegramente el Título IX de sus Normas (N.T. 2013), con el objetivo de actualizar el marco regulatorio aplicable a los Agentes de Calificación de Riesgos (ACR) y a los Agentes de Calificación de Riesgos Universidad Pública (ACR-UP). La reforma se inscribe en la política de simplificación administrativa y desregulación impulsada por el Gobierno Nacional y busca adecuar la normativa local a los estándares internacionales. 

Los fundamentos de la reforma

La CNV sostiene que la normativa vigente contenía disposiciones reiterativas, cargas administrativas innecesarias y requisitos que habían perdido sustento jurídico tras cambios legislativos producidos en los últimos años. En este contexto, el organismo decidió reorganizar completamente el régimen, eliminando exigencias consideradas obsoletas y promoviendo una regulación más clara y eficiente. 
 
Asimismo, la resolución toma como referencia los principios y recomendaciones de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO), procurando fortalecer la independencia de las calificadoras y mejorar la calidad regulatoria del mercado de capitales argentino.

Principales cambios para las calificadoras de riesgo

Se limita la regulación a las calificaciones públicas

Uno de los cambios centrales consiste en delimitar expresamente el ámbito regulado a las calificaciones públicas de riesgo crediticio vinculadas con valores negociables. Paralelamente, se habilita a los ACR a desarrollar actividades complementarias, como calificaciones privadas, evaluaciones de riesgos no crediticios, informes de sustentabilidad, análisis económicos y proyecciones de mercado, sin necesidad de autorización previa de la CNV, siempre que no generen conflictos de interés. 

Menos intervenciones regulatorias en los procesos internos

La entidad elimina la obligación de informar previamente las reuniones del consejo de calificación y deja sin efecto la posibilidad de participación del regulador en dichas sesiones. Según explica el organismo, esta medida busca preservar la independencia y objetividad de las decisiones adoptadas por las calificadoras. 

Simplificación en la difusión de las calificaciones

Hasta ahora coexistían distintas obligaciones de publicación. Con la nueva regulación, la información se concentrará exclusivamente en el informe de calificación, que deberá presentarse a la CNV mediante la Autopista de la Información Financiera (AIF) y publicarse en el sitio web de la calificadora dentro de los dos días hábiles posteriores a la reunión del consejo de calificación.

Cambio de paradigma en la revisión de calificaciones

La resolución reemplaza el esquema que exigía la emisión de cuatro informes anuales por un sistema de monitoreo continuo y permanente. A partir de ahora, las calificadoras deberán realizar seguimiento constante de los riesgos y actualizar las calificaciones cuando existan hechos relevantes que puedan modificar la evaluación, manteniendo únicamente la obligación de emitir al menos un informe anual. 
 
Para la Comisión Nacional de Valores, este cambio permite concentrar recursos en actividades de análisis sustantivo y se alinea con las prácticas internacionales más extendidas. 

Mayor libertad metodológica

Otro aspecto relevante es la eliminación del régimen de aprobación o registro previo de metodologías. Las calificadoras sólo deberán remitirlas a la CNV y publicarlas en sus sitios web. Luego de 10 días hábiles desde su presentación podrán comenzar a utilizarlas.
 
Además, se reconoce expresamente la libertad de cada agencia para diseñar sus propias escalas y categorías de calificación, abandonando el sistema que imponía determinadas letras o nomenclaturas estandarizadas. La única exigencia será advertir que las escalas pueden diferir de las utilizadas por otras calificadoras. 

Nuevas reglas sobre conflictos de interés y tercerización

La reforma mantiene estrictas restricciones para preservar la independencia de los ACR, prohibiendo actividades de auditoría, consultoría o asesoramiento a entidades calificadas y reforzando los mecanismos de prevención de conflictos de interés. 
 
En materia de tercerización, se flexibiliza el régimen para permitir la contratación de servicios administrativos, tecnológicos o de soporte. Sin embargo, continúa prohibida la delegación de funciones esenciales, como el análisis de riesgo, la deliberación de los consejos de calificación o la emisión de las calificaciones.

Impacto esperado en el mercado de capitales

Según destaca la CNV, la reforma apunta a reducir costos regulatorios, eliminar duplicaciones informativas y brindar mayor previsibilidad a los participantes del mercado. Al mismo tiempo, procura fortalecer la independencia técnica de las calificadoras y favorecer la adopción de estándares internacionales sin resignar los mecanismos de protección al inversor.

Estudio Roldán

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