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Jubilaciones y pensiones: actualización de haberes, topes previsionales y montos mínimos de ANSES

Jubilaciones y pensiones: actualización de haberes, topes previsionales y montos mínimos de ANSES

A partir de agosto, el Gobierno aplicará el nuevo esquema mensual y otorgará un bono extraordinario de $70.000 para beneficiarios del SIPA y PUAM.

La Resolución (ANSES) 232/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, estableció los nuevos valores de las prestaciones previsionales a partir del mes de agosto de 2026 para el conjunto de los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Nuevos valores para haberes mínimos, máximos y PBU

  • Haber Mínimo Garantizado: $419.775,93
  • Haber Máximo Previsional: $2.824.694,49
  • Prestación Básica Universal (PBU): $192.028,32
  • Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $335.820,74 

Asimismo, la resolución fijó los límites para el cálculo de los aportes y contribuciones de la seguridad social, estableciendo la base imponible mínima en $141.380,42 y la base imponible máxima en $4.594.798,23.

Otorgamiento del bono extraordinario previsional (Decreto 686/2026)

En forma complementaria, el Poder Ejecutivo Nacional oficializó mediante el Decreto 686/2026 la entrega de una ayuda económica extraordinaria de hasta $70.000, la cual se liquidará de manera conjunta con los haberes del mes de agosto.

Este refuerzo posee carácter no remunerativo, por lo que no estará sujeto a ningún tipo de descuento o retención impositiva, ni será computable para el cálculo de otros conceptos ni del sueldo anual complementario (aguinaldo).

Alcance del refuerzo económico y condiciones de percepción

De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto mencionado, la percepción del bono extraordinario abarca a las siguientes categorías de beneficiarios:

  • Titulares de prestaciones contributivas a cargo de la ANSES (SIPA, Ley N° 24.241, regímenes especiales nacionales, regímenes provinciales transferidos).
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) creada por la Ley N° 27.260.
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) por vejez, invalidez, madres de siete (7) o más hijos y demás pensiones graciables abonadas por la ANSES.

Para tener derecho al cobro, las prestaciones deben encontrarse vigentes en el mismo mes en que se efectúe la liquidación.

Mecanismo de escala y criterio de liquidación del bono

El monto a cobrar se determinará según los ingresos totales percibidos por el titular:

  • Cobro pleno ($70.000): se abonará en su totalidad a quienes perciban un haber mensual igual o inferior a la jubilación mínima ($419.775,93). De esta forma, el ingreso consolidado mínimo para el mes de agosto alcanza los $489.775,93.
  • Cobro proporcional: aquellos beneficiarios cuya prestación supere el haber mínimo garantizado ($419.775,93) recibirán un importe variable equivalente a la suma necesaria para alcanzar el tope total de $489.775,93.
  • Copropiedad en pensiones: en los casos de beneficios que cuenten con copartícipes, el bono se considerará correspondiente a un único titular a los fines del cómputo del límite.

Estudio Roldán

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