Ya se conocen los feriados con fines turísticos que serán días no laborables.
Por medio de la Resolución 164/2025, el Jefe de Gabinete de Ministros establece como días no laborables con fines turísticos los días 23 de marzo, 10 de julio y 7 de diciembre de 2026.
De esta forma, se fijan 3 fechas para formar un puente turístico extra largo:
- El lunes 23 de marzo se suma al feriado correspondiente al Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia del 24 de marzo que cae un día martes.
- El viernes 10 de julio se fija en la víspera de la fecha en la que se celebra el Día de la Independencia, jueves 9 de julio.
- El lunes 7 de diciembre que se suma al martes 8 de diciembre, día en el que se conmemora la Inmaculada Concepción de María.
La medida se dicta en función de las facultades que le concede la ley 27.399 al Poder Ejecutivo de fijar hasta 3 feriados o días no laborables durante el año calendario con el fin de promover la actividad turística, los que deberán coincidir con los días lunes o viernes.
Importante
Al igual que en 2025, la resolución aclara que son días no laborables.
Es decir que los días no laborables otorgan al empleador la decisión de si se trabaja o no, ya que conforme la Ley de Contrato de Trabajo, estos días son optativos para el empleador.

