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La UIF actualiza umbrales para la prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

La UIF actualiza umbrales para la prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

Aumentan los umbrales para depósitos en efectivo, registro de automotor, registro de la propiedad inmueble y escribanos.

A través de la Resolución 78/2025, la Unidad de Información Financiera (UIF), actualiza los umbrales monetarios y redefine requisitos para diversos Sujetos Obligados, con el objetivo de optimizar la prevención de Lavado de Activos (LA), Financiación del Terrorismo (FT) y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FP) en Argentina, en cumplimiento del Decreto 353/2025.

La medida, responde a la necesidad de adecuar la normativa vigente a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y a la práctica observada en los distintos sectores económicos.

Novedades para Registros de la Propiedad Inmueble
Se eleva el umbral para las inscripciones de compraventa de inmuebles que deben ser informadas a la UIF. Anteriormente, este umbral era de 200 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) , y ahora se fija en 750 SMVM.

Modificaciones en Registros del Automotor y Créditos Prendarios
Ahora, los Sujetos Obligados deberán definir un Perfil del Cliente para operaciones sobre automotores por un monto anual que alcance o supere los $115.000.000.

Este perfil deberá basarse en la información económica, patrimonial y financiera proporcionada o recabada por el Sujeto Obligado, eliminando el requerimiento de una certificación contable. Además, se aclara que no se podrán requerir declaraciones juradas impositivas.

Teniendo en cuenta que la próxima actualización periódica del monto establecido para definir el perfil del cliente, se encontraba prevista para el mes de julio de este año, la UIF decidió restablecer la actualización a partir de enero de 2026. 

Además, el umbral para la adquisición de automotores se eleva a $50.000.000.

Actualizaciones para Entidades Financieras
Se incrementó el umbral de depósitos bancarios en efectivo sin identificación del depositante a partir de 40 SMVM.

Aquellas operaciones realizadas con medios de identificación preexistentes (como tarjetas magnéticas) o en cuentas recaudadoras quedan exceptuadas del procedimiento de identificación, aunque deberá registrarse por cuenta de quién se efectúa la transacción.

El Reporte de Transacciones en Efectivo de Alto Monto (RTE) y el Reporte de Transacciones en Efectivo en Operaciones de Cambio (RTEOC) ahora deberán informar operaciones de compra y/o venta de moneda extranjera que involucren entrega o recibo de dinero en efectivo por un valor igual o superior a 40 SMVM.

Impacto en Escribanos Públicos
Se eleva el umbral para el reporte mensual de Actividades Específicas con respecto a Transferencias de dominio por compra y/o venta de bienes inmuebles en efectivo, que pasa de 700 a 750 SMVM.

Estudio Roldán

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