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Ganancias y Bienes Personales: ARCA modifica las condiciones de adhesión a los planes de facilidades

Ganancias y Bienes Personales: ARCA modifica las condiciones de adhesión a los planes de facilidades

Reduce el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes de deuda de impuestos anuales,

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la resolución general 5681, modifica las condiciones de adhesión a los planes de facilidades de pago permanentes, reduciendo el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes por deuda de impuestos anuales, permitiendo así financiar una mayor parte del monto adeudado.

De esta manera, según el tipo de contribuyente el pago a cuenta obligatorio a ingresar al momento de la adhesión quedará de la siguiente manera:

Tipo de contribuyente Pago a cuenta ANTES Pago a cuenta AHORA

Pequeños Contribuyentes, Micro y Pequeñas Empresas, Entidades sin fines de lucro

25% 17%

Medianas Empresas – Tramo 1

25% 23%

Medianas Empresas – Tramo 2

30% 23%    

Demás contribuyentes
35% 28%

La norma, en su anexo detalla las condiciones de los planes de facilidades de pago para el plan por deuda general, plan por deuda de impuestos anuales, plan por deuda de autónomos y del régimen simplificado, plan por deuda aduanera, plan por deuda proveniente de la actividad fiscalizadora y planes especiales.

La resolución entra en vigencia el 30 de abril de 2025 y resulta de aplicación para los planes de facilidades de pago que se presenten a partir del 1 de mayo de 2025.

Anexo

Estudio Roldán

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