Reduce el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes de deuda de impuestos anuales,
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la resolución general 5681, modifica las condiciones de adhesión a los planes de facilidades de pago permanentes, reduciendo el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes por deuda de impuestos anuales, permitiendo así financiar una mayor parte del monto adeudado.
De esta manera, según el tipo de contribuyente el pago a cuenta obligatorio a ingresar al momento de la adhesión quedará de la siguiente manera:
Tipo de contribuyente | Pago a cuenta ANTES | Pago a cuenta AHORA | ||
Pequeños Contribuyentes, Micro y Pequeñas Empresas, Entidades sin fines de lucro |
25% | 17% | ||
Medianas Empresas – Tramo 1 |
25% | 23% | ||
Medianas Empresas – Tramo 2 |
30% | 23% | ||
Demás contribuyentes |
35% | 28% |
La norma, en su anexo detalla las condiciones de los planes de facilidades de pago para el plan por deuda general, plan por deuda de impuestos anuales, plan por deuda de autónomos y del régimen simplificado, plan por deuda aduanera, plan por deuda proveniente de la actividad fiscalizadora y planes especiales.
La resolución entra en vigencia el 30 de abril de 2025 y resulta de aplicación para los planes de facilidades de pago que se presenten a partir del 1 de mayo de 2025.